Apelación de diputada Rosa Amalia Pilarte pondrá a la justicia en un proceso «inédito»
La apelación que someta la diputada Rosa Amalia Pilarte a la sentencia que la condena a cinco años de prisión por lavado de activos en contra del Estado, a partir del 19 de junio, cuando está programado que se lea el fallo, colocará a la justicia en un proceso «inédito», afirma el exjuez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Juan Hirohito Reyes Cruz.
Explicó que al momento de ser recurrida la decisión de la Segunda Sala Penal de la SCJ lo más probable es que la legisladora ya no tendrá la jurisdicción «privilegiada» y que se estaría en la disyuntiva de cuál es la que le competerá porque «es una situación no pensada en el Derecho ni prevista de manera expresa y concreta por la ley».
Su respuesta obedece a que, al concluir su periodo como diputada el 16 de agosto, ya el caso de Pilarte no sería competencia de la SCJ, pero «sería una contradicción» que el Pleno de esa alta corte decida declinar a una jurisdicción ordinaria, que sería la Corte de Apelación, para conocer un recurso a una sentencia condenatoria de un tribunal de alzada de jueces jerárquicamente superiores.
«Ahora qué sucede con el asunto de la jurisdicción privilegiada y el concepto que se maneja es lo relativo al juez natural, el juez natural es que a ti te juzgue el tribunal que la ley prevé para que conozca el proceso«.
Se preguntó cómo es que una corte de apelación va a conocer un recurso de apelación de una sentencia de la Sala Penal de la SCJ. «Eso sería una contradicción«, dice Reyes Cruz. Entiende que «el caso es inédito porque ¿cuál es el propósito del recurso de apelación? Que unos jueces más experimentados y jerárquicamente superiores conozcan el recurso«.
«Lo propio es que esa apelación se conozca ante la Suprema Corte de Justicia, pese a ella no tener ya condición, por la naturaleza de la decisión»
Juan Hirohito Reyes
Exjuez de la SCJ
Citó que el único precedente que hay ha sido el reenvío del juez de la SCJ Francisco Ortega a una jurisdicción ordinaria del expediente del exsenador Tommy Galán, acusado en el caso de los sobornos de Odebrecht, cuando este perdió la senaduría, pero que son decisiones diferente porque la del 2020 sobre el exlegislador de San Cristóbal fue una de jurisdicción de apoderamiento y la otra, la de Pilarte, corresponde a una que se pronuncia sobre la culpabilidad, después de ella ser hallada culpable.