Confirman seis meses de prisión por delito de odio a un hombre que llamó «panchita» a su médico en Huelva
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva que ha condenado por un delito de odio a un hombre de La Palma del Condado (Huelva) al que le han impuesto seis meses de prisión y el pago de una indemnización de 1,500 euros por daño moral a una médico originaria de Republica Dominicana que le atendió en el centro de salud del municipio condal y a la que llamó «panchita».
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se produjeron en marzo de 2020 cuando el condenado acudió al centro de salud de La Palma del Condado a fin de recibir asistencia médica.
Allí, tuvo que esperar para ser atendido debido a un problema técnico en la consulta de la médico que prestaba el servicio de urgencias, que se dirigió a la consulta de enfermería a fin de atenderlo, «momento en que el acusado con el deliberado propósito de humillarla y menoscabar su integridad moral, motivado por el origen nacional de la sanitaria, nacida en República Dominicana, se dirigió a ella gritándole en presencia del resto de usuarios «panchita, vete a tu país de mierda a trabajar que has venido aquí y no quieres trabajar».
Debido a ello, la profesional sanitaria «tuvo que ser auxiliada por otra compañera que la acompañó hasta el mostrador de administración, mientras el acusado la seguía por los pasillos del centro de salud».
Ante esto, la defensa apeló al TSJA apuntando que las declaraciones del ahora condenado «fueron el fruto de una situación incontrolada» ya que «la impotencia que sintió ante la desatención de la médico debido a un simple problema informático en el ordenador de su despacho al que daba prioridad, fue lo que le llevó a actuar de forma repentina y sin siquiera pensar lo que decía a causa del estado febril que presentaba».
Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz se muestra en su sentencia «de acuerdo con la valoración de la Audiencia de Huelva» que señaló que «no cabe duda de la voluntariedad de la acción y de la consciencia del acusado de que sus palabras de desprecio dirigidas a esta persona las pronunció tan sólo en atención a su nacionalidad, evidenciando el deseo de humillarla por su condición de extranjera y por tanto por razones discriminatorias y no por la mala atención del servicio aunque lo hiciera con ocasión de lo que consideraba una desatención al paciente».
Así las cosas, «descarta con ello que las palabras ofensivas dirigidas por el acusado a la médico fueran consecuencia del estado febril que presentaba en aquel momento y pudiera hacerle desvariar o decir incoherencias no meditadas como reacción a la actitud de la doctora».