Hay 90,000 empleados públicos de carrera que no pueden ser cancelados
SANTO DOMINGO.- En el sector público hay unos 90 mil empleados, al margen de otros servidores, que están acogidos a carreras especiales en los campos diplomático, de salud y judicial, los cuales no pueden ser cancelados a menos que cometan faltas graves en sus funciones, advirtió Gregorio Montero, subsecretario de Administración Pública y experto en derecho administrativo.
Recordó que estos servidores no solo están protegidos por la Ley de Función Pública 41-08 sino también por el artículo 143 de la Constitución de la República, que establece claramente la no sustitución de empleados de carrera sin que se justifique previamente la comisión de una falta grave.
“Esas faltas graves están desarrolladas en la Ley de Función Pública, y la Constitución agrega que la destitución de un funcionario de carrera sin causas establecidas en la Ley se considera un acto inconstitucional. Es decir, la propia Constitución establece una garantía y la propia Constitución establece como uno de sus principios de garantía la tutela judicial efectiva”, argumentó Montero en una entrevista en el programa Propuesta de la Noche, por Digital 15.
El funcionario explicó que en adición a esos derechos constitucionales, que incluye la acción de amparo, la Ley de Función Pública establece que los empleados públicos de carrera que sientan que uno de sus derechos ha sido vulnerado, puede acceder al Tribunal Superior Administrativo y presentar allí un recurso contencioso administrativo para anular ese acto violatorio a sus derechos.
«Es decir, tenemos las garantías jurídicas, institucionales y las autoridades públicas deben de entender que existe el derecho de los empleados públicos de carrera a la estabilidad», dijo el funcionario.
FUENTE AL MOMENTO