Juez varía medida de coerción a imputado del caso Medusa
SANTO DOMINGO.- El juez del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Amauri Martínez, varió la medida de coerción de prisión preventiva a domiciliaria al exsubdirector administrativo de la Procuraduría General de la República (PGR), Alfredo Alexander Solano Augusto, tras haber cumplido los 18 meses de encierro preventivo en la cárcel de Najayo, provincia San Cristóbal.
El imputado mediante la Operación Medusa, que tiene como principal señalado a Jean Alain Rodríguez, permaneció en la penitenciaria desde el pasado 8 de julio del año 2021.
El juez determinó como necesario imponer otras medidas de aseguramiento a los fines de garantizar el proceso al ordenar una garantía económica ascendente a la suma de diez millones de pesos pagaderos bajo la modalidad de contrato a través de una compañía aseguradora dedicada a tales fines.
Asimismo, impedimento de salida del país y el arresto domiciliario.
El magistrado Amauri Martínez, apegado a la ley, consideró que Alfredo Alexander Solano Augusto, ya había cumplido más de los 18 meses que dispone el Código Procesal Penal como plazo máximo de la prisión preventiva, estableciendo «que dentro del marco legal previsto por el legislador en el supuesto analizado operaba el cese de la prisión preventiva, siendo cónsono con precedentes previos, enfatizando el magistrado en su decisión que ello no implica determinación en cuanto a la culpabilidad o la inocencia del encartado».
De igual forma, precisó que el proceso de la audiencia preliminar con solicitud de apertura a juicio seguido al imputado Solano Augusto continúa, ya que en la audiencia celebrada en el día de hoy no se estaba discutiendo pruebas ni la acusación del Ministerio Público.
El Ministerio Público
La coordinadora de Litigación del Ministerio Público, Mirna Ortiz, indicó que esta decisión del juez no puede ser vista como una derrota para el órgano persecutor; pero sí alegó que los tribunales siguen dando decisiones bajo un pensamiento ortodoxo, negándose a realizar un examen de la ley conforme a las nuevas tendencias.
«Ni los tribunales ni la legislación están adaptados para casos de esta magnitud, en los cuales, sin haber dilaciones innecesarias, es necesario extender los plazos por la gran cantidad de imputados, la cantidad de pruebas y la complejidad de dichas pruebas», expresó Ortiz.
Recordó que esto no se daba en otros procesos, en la historia de la justicia penal dominicana.
La fiscal también manifestó que el juez no escuchó el clamor de la expareja de Solano, que le suplicó no soltarlo, porque alegadamente su vida corre peligro.
Los abogados del encartado
Los abogados de Solano Augusto valoraron la decisión del juez y manifestaron que en los próximos días se estarán haciendo los trámites para que abandone el penal.
«Comparativamente para la situación que se encontraba el imputado estará mucho mejor, pero lo que procedía era el cese puro y simple», dijo el abogado Manuel Sierra.
De su lado, el también miembro de la defensa Yvo René Sánchez afirmó que la prisión preventiva no es necesaria.
«Ahora el imputado está en una mejor prosición para hacer su defensa junto a sus abogados», sostuvo Sánchez.
La lectura íntegra de esta decisión será ofrecida por el juez el próximo 3 de marzo de 2023.
FUENTE AGENDA 56