Mayores, “enfermas” y en grandes casos corrupción

La situación de salud y la avanzada edad de tres mujeres imputadas en los grandes expedientes de corrupción que están actualmente en la justicia dominicana ha obligado a los jueces a separar dos de esos casos del grupo de los demás acusados para evitar retrasos de los procesos en los tribunales y para no agravar las condiciones físicas y emocionales de las encartadas.

A la primera que se le conoció el juicio preliminar y de fondo sola, fue a María Isabel de los Milagros Torres Castellanos, que ya fue condenada a cinco años de “internamiento” en un centro psiquiátrico y a indemnizar al Estado con más de 30 millones de pesos tras ser hallada culpable en Operación Antipulpo, que encabeza Alexis Medina Sánchez.

Abogada de 80 años
El caso más reciente es el de la abogada Ana Linda Fernández de Paola, de 80 años, quien tiene medida de coerción impuesta por Operación Calamar, y a quien también podría conocérsele su expediente separado al de los otros 19 vinculados en el supuesto entramado.

El tratamiento de diálisis de Fernández de Paola en varias ocasiones retrasó las audiencias de conocimiento de la solicitud de medida cautelar a ella y a los demás del grupo vinculados en la estafa al Estado por más de RD$19,000 millones. El Ministerio Público (MP) la acusa junto a su hermano, Emir Fernández, de hacerse pasar como herederos de un italiano que residió en el país para reclamar el pago de más de 368 millones de pesos del Estado por expropiación de terrenos en Higüey.

El pasado mes de enero, la jueza del Sexto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Yanibet Rivas, decidió conocer a parte el caso de Rosa Antonia Disla, madre del señalado como “el cerebro financiero” de la corrupción que se produjo en el Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep) y el de Seguridad Turística (Cestur), el coronel Rafael Núñez de Aza, sometidos a la justicia en Operación Coral. Según su abogado Félix Portes, Disla tiene casi 70 años. Se le imputa formar parte del séquito de familiares que Núñez de Aza utilizó para crear “sociedades comerciales a los fines de defraudar” el dinero de los contribuyentes.

El tratamiento diferenciado que tienen los adultos mayores en el Código Procesal Penal, cuando sobrepasan los 75 años, es que “no puede ordenarse la prisión preventiva…si se estima que, en caso de condena, no le es imponible una pena mayor a cuatro años”.