Un año de prisión preventiva contra acusado de asesinar esposa y simular una sobredosis

SANTIAGO.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santiago impuso un año de prisión preventiva contra un hombre acusado de asesinar a golpes de su pareja, a la que luego inyectó cocaína para simular que había muerto por una sobredosis.

El juez Cirilo Salomón Sánchez ponderó la gravedad de los hechos y fuerza probatoria suficiente, por lo que impuso la citada medida de coerción contra Simón Bolívar de los Santos Abreu Núñez, como lo solicitó el Ministerio Público.

El juez ordenó que el imputado cumpla la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres en Santiago.

Representado por los fiscales litigantes Yarilis Toribio y Roberto Jiménez, el Ministerio Público le atribuye al imputado el asesinato y cometer actos de tortura y barbarie, violencia de género agravada y posesión de municiones para armas de fuego, en perjuicio de su pareja Themis Carolina Cruz Hernández, a quien alegadamente le quitó la vida, en hecho ocurrido en su residencia ubicada en el sector Hoya del Caimito, Santiago.

El Ministerio Público presentó ante el tribunal los elementos que relacionan al imputado con los hechos, entre ellos, evidencias materiales, testimoniales, documentales y la autopsia médico legal practicada al cuerpo de la víctima por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), en la que revela que la causa de la muerte fue “trauma cerrado de abdomen, una muerte con etiología médico legal homicida, cuyo mecanismo de muerte fue choque hipovolémico”.

Cruz Hernández murió la madrugada del 9 de enero de este año en un centro de salud privado a donde el día anterior fue ingresada con muerte cerebral.

El organismo de la víctima, revelaron los especialistas que la atendieron, tenía una alta cantidad de cocaína.

El Ministerio Público le indilga al sospechoso los tipos penales descritos en los artículos 295 y 303, 304, 309-1, 309-2 y 309-3 del Código Penal Dominicano y Ley 631-16, artículo 66, que tipifican el homicidio, actos de tortura y barbarie, violencia de género agravada y posesión ilegal de municiones de armas de fuego.

 

FUENTE AGENDA 56